Tribunal Constitucional anula decreto que reducía a dos años la vigencia de licencias para mayores de 75

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El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el decreto 330-26, que establecía que las personas mayores de 75 años debían renovar su licencia de conducir cada dos años, en lugar del período regular de cuatro años.

La decisión fue adoptada mediante la sentencia TC/0904/26, en la que la Alta Corte determinó que las disposiciones del decreto vulneraban principios contemplados en la Constitución dominicana, entre ellos el derecho a la igualdad y la protección de las personas adultas mayores.

El tribunal explicó que el principio de igualdad exige que las instituciones públicas establezcan un trato equivalente en el ámbito jurídico y normativo para las personas, salvo cuando exista una diferenciación justificada dentro de los supuestos permitidos por la Constitución.

Con la decisión, quedan anuladas las disposiciones del decreto que establecían un período de renovación distinto para los conductores mayores de 75 años.

Foto: Fuente externa

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